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Intereses de mora en propiedad horizontal

No pagar las cuotas de administración a tiempo, genera intereses de mora en propiedad horizontal, veamos que son, jurisprudencia y el servicio de liquidación de cuotas de administración.

Liquidador Intereses de Mora en Propiedad Horizontal

De acuerdo con la norma incluida en el artículo 30 de la ley 675 de 2001 del régimen de propiedad horizontal; todo predio sometido a propiedad horizontal que no cumple con el pago correspondiente a las cuotas ordinarias y extraordinarias deberá pagar los intereses de mora de propiedad horizontal con respecto a la tabla de intereses moratorios de la superfinanciera.

Intereses de Mora en Propiedad Horizontal

¿Qué dice el artículo 30 de la ley 675 de 2001?

El retardo en el cumplimiento del pago de expensas causará intereses de mora, equivalentes a una y media vez el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Bancaria, sin perjuicio de que la asamblea general, con quórum que señale el reglamento de propiedad horizontal, establezca un interés inferior.

Servicio de liquidación de intereses de mora en propiedad horizontal

Realizamos el cálculo de todas las expensas comunes adeudadas, junto a los intereses de mora de propiedad horizontal, teniendo en cuenta la ley de la matemática financiera utilizada según la superintendencia financiera de Colombia.

Datos para hacer la liquidación

Para realizar el cobro de interés de mora de propiedad horizontal es necesario los siguientes datos:

  • Valor cuotas ordinarias y fecha.
  • Valor de cuotas extraordinarias y fecha.
  • Sanciones inasistencia asamblea.
  • Cuotas de parqueadero.
  • Abonos, si existen: valor y fecha de pago.
Datos para hacer una liquidación de cálculo actuarial
precio para hacer un calculo actuarial

Precio del servicio de cálculo

El precio del servicio de liquidación de interés en cuotas de administración es de $30.000, e incluye cálculo de interés moratorio en cuotas ordinarias y extraordinarias, abonos y sumatorio de sanciones.

Tiempo de entrega

El tiempo de entrega del cálculo de intereses de mora en propiedad horizontal es de un día hábil, o menos dependiendo de la cantidad de periodos a liquidar. (Contacto en horario 8 A.M. a 6 P.M.: 3024655673)

Intereses de Mora en Propiedad Horizontal

Medios de pagos

Intereses de Mora en Propiedad Horizontal
Intereses de Mora en Propiedad Horizontal
Intereses de Mora en Propiedad Horizontal

Se entrega en el cálculo de interés de mora en propiedad horizontal

Después de realizar el cálculo, el soporte de la liquidación moratoria, valor acumulado de las expensas en mora ordinarias, extraordinarias, cuotas de parqueo y/o sanciones, interés generado durante el tiempo en mora. El archivo de la liquidación en formato Word se envía al medio digital de su preferencia.

Ejemplo de liquidación de interés de mora en cuotas de administración.

ejemplo de tabla en excel para hacer liquidacion de interes de mora en propiedad horizontal

Preguntas frecuentes


¿Qué interés de mora se puede cobrar en propiedad horizontal?

Teniendo en cuanta la ley 675 de 2001 en el artículo 30, el interés de mora que genera las deudas de expensas comunes en propiedad horizontal; es el interés emitido por la superintendencia financiera cada mes. Es decir, cada cuota de administración en mora se debe liquidar teniendo en cuanta el interés de ese mes y el acumulado.

¿Cuáles expensas comunes de la propiedad horizontal generan interés?

Nuestra experiencia en liquidaciones de cuotas de administración y conforme a la jurisprudencia en procesos ejecutivos de este tipo de deudas, ha demostrado que las expensas comunes, como cuotas ordinarias, extraordinaria y parqueaderos, generan interés moratorio por no pagarse cumplidamente. Caso contrario ocurre con las sanciones por inasistencia a la asamblea, ya que la sanción es una multa, lo único debe hacer es sumar todas las sanciones a la liquidación de intereses de mora en propiedad horizontal.

¿Cómo se calcula el interés de mora en la propiedad horizontal?

Para saber como calcular el interés moratorio en propiedad horizontal se utiliza el interés liquidado de acuerdo a las tasas efectivas anuales, emitido mes a mes, Por la cual para el mes de octubre de 2022 se certificó en 24,61% Efectivo anual el Interés Bancario Corriente, para la modalidad: Crédito de consumo y ordinario, que aplica entre el 01 y el  31 de octubre, al reducirlo a mensual con la fórmula Financiera queda en 31.83 % nominal anual, que al aplicarle la Fórmula Financiera queda reducido a 2,65% Nominal Mensual. Es decir que este último en la tasa de interés de mora para propiedad horizontal del mes de octubre.

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