
¿Fue detenido sin justa causa? Usted tiene derecho a presentar la liquidación de lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad. ¡Venga le contamos!
LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE EN PERSONA PRIVADA DE LA LIBERTAD
El lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad se trata de calcular los frutos civiles dejados de percibir durante el tiempo que estuvo detenido (a). Además, los gasto en que incurrieron durante el tiempo en recuperar la libertad.

¿Qué es el lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad?
Según la jurisprudencia de Colombia, cuando una persona es privada de la libertad injustamente, tiene derecho a una indemnización denominada (lucro cesante y daño emergente).
Lucro cesante: hace referencia a las sumas de dinero que el privado de la libertad dejo de percibir durante el tiempo en prisión, montos que deben ser cuantificados y actualizados a la fecha de presentación de la demanda y pago total de la indemnización.
Daño emergente: sumas de dinero que el detenido, o la familia del detenido (a), invirtió en los abogados, y otros gastos adicionales, siempre y cuando sean demostrables ante el juez.
Servicio de cálculo de lucro cesante y daño emergente en detenido injustamente
El servicio de este tipo de cálculo se trata de cuantificar salarios y prestaciones sociales del detenido durante el tiempo de detención, además la indexación de estos valores a la fecha de presentación de la liquidación de lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad.
Además, se incluye el monto económico que sale de los gastos de representación jurídica del privado de la liberta.

Datos para hacer el lucro cesante y daño emergente
Fecha de captura
Fecha de libertad
Salario que devengaba
Fecha de nacimiento
Tiempo de entrega del cálculo
Regularmente, el liquidador de cálculo de lucro cesante y daño emergente, entrega el soporte del cálculo en un día hábil después de recibir toda la información correspondiente.
Precio de liquidación
Hacer el cálculo de lucro cesante y daño emergente tiene un valor de $ 40.000, en caso de necesitar cálculos adicionales le cotizamos al mejor precio. (Contacto en horario 8 A.M. a 6 P.M.: 3024655673)
Medios de pagos



Preguntas frecuentes
¿En la liquidación se incluye el daño moral?
El daño moral, según la jurisprudencia colombiana, está cuantificado en salarios mínimos legales vigentes, el monto no se incluye en la liquidación, teniendo en cuanta que la reparación de daño moral ya tiene un porcentaje. Veamos la tabla:
Nivel 1 | Nivel 2 | Nivel 3 | Nivel 4 | Nivel 5 | |
Gravedad en la lesión | Víctima directa y relaciones afectivas conyugales y paternofiliales. | Relación afectiva del 2º grado de consanguinidad o civil. | Relación afectiva del 3º grado de consanguinidad o civil. | Relación afectiva del 4º grado de consanguinidad o civil. | Relaciones afectivas no familiares de terceros damnificados. |
Igual o superior al 50 % | 100 SMLMV | 50 SMLMV | 35 SMLMV | 25 SMLMV | 15 SMLMV |
Igual o superior al 40 % e inferior al 50 % | 80 SMLMV | 40 SMLMV | 28 SMLMV | 20 SMLMV | 12 SMLMV |
Igual o superior al 30 % e inferior al 40 % | 60 SMLMV | 30 SMLMV | 21 SMLMV | 15 SMLMV | 9 SMLMV |
Igual o superior al 20 % e inferior al 30 % | 40 SMLMV | 20 SMLMV | 14 SMLMV | 10 SMLMV | 6 SMLMV |
Igual o superior al 10 % e inferior al 20 % | 20 SMLMV | 10 SMLMV | 7 SMLMV | 5 SMLMV | 3 SMLMV |
Igual o superior al 1 % e inferior al 10 % | 10 SMLMV | 5 SMLMV | 3.5 SMLMV | 2.5 SMLMV | 1.5 SMLMV |
¿Cómo se calcula la indemnización futura en persona privada de la libertad?
Hemos leído varias sentencias, revisado ejemplos de daño emergente y lucro cesante; y hasta ahora el consejo de estado no ha determinado como se hace la indemnización futura en una persona privada de la libertad.
Tampoco ha incluido algún monto económico o fórmula para calcular la indemnización futura en persona privada de la libertad. Así que no se ha incluido en el liquidador.
¿Esta liquidación del cálculo cuenta con firma de contador?
No, el cálculo es elaborado por un especialista en liquidaciones judiciales, pero no cuenta con el título de contador público. Igual, los juzgados no solicitan la firma de contador para presentar el lucro cesante y daño emergente en persona privada de la libertad, únicamente exigen que cumpla con la normativa descrita anteriormente. Si necesita firma de contador no podemos ayudarle.