El viernes 16 de febrero de 2024, en Bogotá, D.C., la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió una decisión significativa. Esta decisión establece que, aunque para la facturación y el pago de las contribuciones a la pensión se considera que un mes tiene un período de 30 días, este criterio cambia cuando se determina el número de semanas que un ciudadano ha cotizado para su pensión. En este último caso, las semanas deben contabilizarse en días calendario.
La sentencia de la Sala de Casación Laboral aclara que la cotización se calcula en relación con el salario mensual o el ingreso percibido en el mismo período. Sin embargo, el período mensual de trabajo que cubre la cotización se contabiliza en 28, 30 o 31 días, según corresponda. Estos días se transforman en semanas cotizadas mediante la división por siete. Por lo tanto, para determinar el número de semanas cotizadas, el año debe considerarse según el calendario, es decir, 365 o 366 días, según corresponda.
Al emitir esta aclaración, la Corte retomó su jurisprudencia anterior y realizó una nueva interpretación del parágrafo 2 del artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9 de la Ley 797 de 2003. Este cambio es importante porque garantiza que en el cálculo de las semanas cotizadas para la pensión se tengan en cuenta todos los días trabajados y cotizados. Por lo tanto, el mes ya no se contabiliza como 30 días, ni el año como 360 días, sino con los días que realmente tuvo.
Este cambio puede marcar la diferencia al reconocer o no un beneficio. Según la nueva perspectiva de la Sala de Casación Laboral, “cada día cotizado se suma para ser transformado en semanas mediante la división por siete, dando así el número de cotizaciones a tener en cuenta”.
Esta nueva postura tiene un impacto en casos como el que la Sala de Casación Laboral tuvo que estudiar para emitir esta declaración. Se trata del caso de una mujer que, en nombre propio y de sus dos hijos menores de edad, solicitó a Colpensiones que les reconociera la pensión de sobrevivientes de su esposo fallecido.
En segunda instancia, el Tribunal Superior de Bucaramanga les negó este beneficio, ya que consideró que el causante de la pensión, el esposo fallecido, no cumplió con el requisito de cotizar 50 semanas en los últimos tres años anteriores a su muerte.
Correspondió a la Sala de Casación Laboral determinar si, en efecto, no había acumulado las semanas necesarias para la pensión.
Si la contabilización se hacía con 30 días calendario (360 días al año), el causante sumaba 344 días, es decir, 49,14 semanas. Esta cifra no puede ser aproximada a 50, ya que solo puede redondearse cuando las semanas superan las 49,5. Como resultado, esta cifra impedía a sus beneficiarios recibir su pensión.
Sin embargo, con el nuevo criterio de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que considera los días calendario que cotizó, el causante sumó 348 días. Al dividir estos días por 7, se obtiene un total de 49,71 semanas según su calendario laboral. Estas semanas sí pueden redondearse a 50 y, por lo tanto, dan derecho a su esposa y sus dos hijos a la pensión de sobreviviente solicitada.
Bajo estas consideraciones, la Corte condenó a Colpensiones, ordenándole pagar a los beneficiarios la pensión de sobreviviente reclamada, más el retroactivo pensional desde la fecha en que murió su ser querido, y la indexación de ese dinero para actualizarlo a valores presentes.
✅ Puede ser interesante: Cálculo de IBL de Pensión.
Ventajas del nuevo Cálculo de las Semanas Cotizadas
anterior presenta varias ventajas en términos de la interpretación de la ley y los derechos de los trabajadores en Colombia:
- Justicia para los trabajadores: La nueva interpretación de la ley garantiza que todos los días laborados y cotizados se tengan en cuenta en el cálculo de las semanas cotizadas para pensión. Esto es más justo para los trabajadores, ya que asegura que cada día de trabajo contribuye a su pensión.
- Claridad en la ley: La decisión de la Corte proporciona una mayor claridad sobre cómo se deben calcular las cotizaciones para la pensión. Esto puede ayudar a evitar confusiones y disputas en el futuro.
- Precedente legal: Esta decisión establece un precedente legal que puede ser útil en casos futuros similares. Esto puede ayudar a garantizar que se aplique una interpretación consistente de la ley.
- Beneficio para los beneficiarios: En el caso específico mencionado en el texto, la nueva interpretación de la ley permitió a la esposa y los hijos del trabajador fallecido recibir la pensión de sobreviviente solicitada. Esto demuestra cómo la decisión puede tener un impacto directo y positivo en la vida de las personas.
- Actualización de las normas: La decisión refleja una actualización de las normas para reflejar la realidad de los días laborados, en lugar de utilizar un cálculo estándar de 30 días por mes y 360 días por año. Esto es más preciso y refleja mejor la realidad del trabajo.
Tema: La Corte Suprema de Colombia cambia la forma de calcular las semanas cotizadas para la pensión.
Cálculo de las Semanas Cotizadas antes y ahora
- Antes: las semanas se contabilizaban en meses de 30 días, lo que significaba que un año tenía 360 días.
- Ahora: las semanas se contabilizan en días calendario, lo que significa que un año tiene 365 o 366 días.
- Beneficios: este cambio beneficia a los trabajadores que no alcanzaban las 50 semanas cotizadas bajo el sistema anterior.
Ejemplo del Cálculo de las Semanas Cotizadas explicando el texto anterior
- Un trabajador cotizó 348 días en los últimos tres años.
- Antes: esto equivalía a 49,14 semanas, lo que no era suficiente para acceder a la pensión.
- Ahora: esto equivale a 49,71 semanas, que se redondea a 50, lo que le permite al trabajador acceder a la pensión.
Consecuencias:
- Este cambio aumenta el número de personas que pueden acceder a la pensión.
- Es una medida que beneficia a los trabajadores que han cotizado durante muchos años, pero que no han podido alcanzar las 50 semanas debido a la irregularidad de su trabajo.
Aspecto | Sistema anterior | Nuevo sistema |
---|---|---|
Mes | 30 días | 28, 30 o 31 días |
Año | 360 días | 365 o 366 días |
Redondeo de semanas | A partir de 49,5 | A partir de 49,5 |
Días calendario | No se consideran | Se consideran |
Ejemplo del Cálculo de las Semanas Cotizadas 2024
Trabajador: Juan Pérez
Días cotizados: 348 días en los últimos tres años.
Cálculo anterior: 348 días / 30 días/mes = 11,6 meses 11,6 meses / 12 meses/año = 0,97 años 0,97 años * 52 semanas/año = 49,14 semanas
Cálculo nuevo: 348 días / 7 días/semana = 49,71 semanas
Conclusión:
- Anterior: Juan Pérez no alcanzaba las 50 semanas cotizadas.
- Nuevo: Juan Pérez sí alcanza las 50 semanas cotizadas.