Saltar al contenido

Caución del Artículo 382 del Código General del Proceso

    Caución del artículo 382 del C.G.P.

    El artículo 382 del Código General del Proceso (CGP) de Colombia establece que el demandante que solicite la suspensión de los efectos de un acto de asamblea, junta directiva o de socios, deberá prestar caución en la cuantía que el juez señale.

    La caución tiene como finalidad garantizar el resarcimiento de los perjuicios que se puedan causar a la parte demandada si, en última instancia, se decide que el acto impugnado no es nulo, ineficaz o inexistente.

    El monto de la caución se fijará por el juez teniendo en cuenta los siguientes factores:

    El valor del acto impugnado.

    La posibilidad de que se causen perjuicios a la parte demandada si se suspende el acto.

    La capacidad económica del demandante.

    La caución puede prestarse en dinero, títulos valores o bienes muebles. Si el demandante no presta caución, el juez no suspenderá los efectos del acto impugnado.

    La caución se extingue si el demandante obtiene una sentencia favorable en el proceso. En caso contrario, la caución se hará efectiva para resarcir los perjuicios causados a la parte demandada.

    La caución del artículo 382 del CGP es una medida de protección que tiene como objetivo evitar que se causen perjuicios irreparables a la parte demandada mientras se resuelve el proceso. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la caución no es un obstáculo para el ejercicio del derecho de acción, y que el demandante habitualmente tiene la posibilidad de obtener una sentencia favorable en el proceso.

    Garantía de la póliza del artículo 382 del código general del proceso

    La garantía de este tipo de póliza es pago de los posibles perjuicios que se causen con la suspensión de la decisión o decisiones contenidas en el acta de impugnación.

    La cual tendrá una vigencia por el termino en que dure el proceso y todas sus instancias.

    Pasos para solicitar la caución del artículo 382 del código general del proceso

    Pasos para solicitar la caución del artículo 382 del C.G.P. es necesario seguir los siguientes pasos:

    Enviar el auto que solicita la póliza: escribanos al chat interno, WhatsApp, o cualquiera de nuestros formularios de contacto, o simplemente llámenos para asesorarle.

    El agente comercial recibe la solicitud de cotización y le entregará el precio de la póliza.

    Llene el formulario de solicitud de póliza, solicítelo a agente comercial.

    Envíe el soporte de pago de la póliza del artículo 382 C.G.P.

    Así de sencillo obtiene la póliza para presentar la caución solicitada por el juzgado.

    5/5 - (1 voto)

    Deja un comentario o aporte educativo al tema.