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¿Qué Es La Indemnización Sustitutiva De Pensión Y Cómo Solicitarla?

    Indemnización Sustitutiva de Pensión

    Si has cotizado al sistema de pensiones, pero no has alcanzado las semanas necesarias para pensionarte, puede que te interese saber que existe una alternativa para recibir una compensación económica por tus aportes. Se trata de la indemnización sustitutiva de pensión, un derecho que tienen los afiliados al régimen de prima media (Colpensiones) y al régimen de ahorro individual (fondos privados).

    En este artículo te explicaremos qué es la indemnización sustitutiva de pensión, en qué casos procede, qué requisitos debes cumplir y cómo puedes solicitarla.

    Además, te contaremos las ventajas y desventajas de optar por esta opción y te daremos algunos consejos para tomar la mejor decisión.

    ¿Qué es la indemnización sustitutiva de pensión?

    La indemnización sustitutiva de pensión es un reconocimiento que se hace a las personas que habiendo cumplido la edad para pensionarse (62 años los hombres y 57 las mujeres) no han cotizado el mínimo de semanas exigidas (1.300 semanas en el régimen de prima media) y declaran su imposibilidad o decisión de continuar cotizando.

    La indemnización sustitutiva de pensión consiste en la devolución de los aportes que has realizado durante tu vida laboral, con un ajuste según el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales hayas cotizado.

    Este servicio también aplica para las personas que se invalidan o fallecen sin haber reunido los requisitos para recibir la pensión de invalidez o sobrevivientes, respectivamente. En estos casos, la indemnización sustitutiva se paga a los beneficiarios legales del afiliado.

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    ¿En qué casos procede la indemnización sustitutiva de pensión?

    La indemnización sustitutiva de pensión procede en los siguientes casos:

    • Cuando el afiliado ha cumplido la edad para pensionarse por vejez, pero no ha cotizado el mínimo de semanas exigidas y declara su imposibilidad o decisión de continuar cotizando.
    • Cuando el afiliado se invalida y no ha cotizado el mínimo de semanas exigidas para recibir la pensión de invalidez.
    • Cuando el afiliado fallece y no ha cotizado el mínimo de semanas exigidas para que sus beneficiarios reciban la pensión de sobrevivientes.
    • En estos casos, el afiliado o sus beneficiarios pueden solicitar la indemnización sustitutiva de pensión como una forma de compensación por sus aportes al sistema.

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    ¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar la indemnización sustitutiva de pensión?

    Para solicitar la indemnización sustitutiva de pensión se deben cumplir los siguientes requisitos:

    • Resolución donde se te otorgó la pensión o se te negó el derecho.
    • Certificación del salario de los últimos 12 meses antes de pensionarte, invalidarte o fallecer.
    • Fotocopia de la cédula ampliada al 150%.
    • Solicitud donde se pida la indemnización sustitutiva de pensión.

    Estos documentos se deben presentar ante la entidad administradora del régimen al que pertenece el afiliado, ya sea Colpensiones o un fondo privado.

    ¿Cómo se solicita la indemnización sustitutiva de pensión?

    El trámite para solicitar la indemnización sustitutiva de pensión varía según el régimen al que pertenece el afiliado. A continuación, te explicamos cómo hacerlo en cada caso:

    Indemnización sustitutiva de pensión en Colpensiones

    Si eres afiliado al régimen de prima media administrado por Colpensiones, puedes solicitar la indemnización sustitutiva de pensión por internet o presencialmente.

    Para hacerlo por internet, debes ingresar al portal web www.colpensiones.gov.co con tu usuario y contraseña, y seleccionar la opción “Indemnización sustitutiva”. Allí podrás llenar el formulario con tus datos personales y adjuntar los documentos requeridos. Una vez enviada la solicitud, podrás hacerle seguimiento en línea y recibir una respuesta en el menor tiempo posible.

    Para hacerlo presencialmente, debes acudir a una oficina de Colpensiones con los documentos requeridos y solicitar la indemnización sustitutiva de pensión. Allí te atenderá un asesor que te orientará y resolverá tus dudas.

    Indemnización sustitutiva de pensión en fondos privados

    Si eres afiliado al régimen de ahorro individual administrado por un fondo privado, debes solicitar la indemnización sustitutiva de pensión directamente con el fondo al que perteneces, presentando los documentos requeridos y solicitando la revisión del cálculo de tu pensión. Cada fondo tiene sus propios canales de atención y procedimientos para atender este tipo de solicitudes.

    En el caso de los fondos privados, la indemnización sustitutiva de pensión se llama devolución de saldos y consiste en la entrega del capital acumulado en tu cuenta individual, más los rendimientos financieros generados.

    ¿Qué ventajas y desventajas tiene solicitar la indemnización sustitutiva de pensiones?

    Solicitar la indemnización sustitutiva de pensión puede tener algunas ventajas y desventajas que debes tener en cuenta antes de tomar una decisión. A continuación, te las resumimos:

    Ventajas:

    • Recibes una compensación económica por tus aportes al sistema de pensiones, que puedes usar para lo que quieras.
    • No tienes que seguir cotizando al sistema de pensiones si no quieres o no puedes hacerlo.
    • No tienes que esperar a cumplir las semanas mínimas exigidas para pensionarte, que pueden ser difíciles de alcanzar si tienes interrupciones o bajas cotizaciones en tu vida laboral.
    • No pierdes el derecho a solicitar la indemnización, ya que no prescribe, es decir, que no tiene un plazo máximo para hacerlo.

    Desventajas:

    • Renuncias a recibir una pensión mensual vitalicia, que puede ser más beneficiosa a largo plazo que un pago único.
    • Pierdes el derecho a recibir otros beneficios asociados a la pensión, como el subsidio al adulto mayor, el auxilio funerario o la pensión familiar.
    • Debes pagar impuestos, ya que se considera un ingreso gravable para efectos del impuesto sobre la renta.
    • Debes asumir el riesgo financiero de administrar tu propio dinero, sin contar con el respaldo del sistema de pensiones.

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    ¿Qué consejos te damos para tomar la mejor decisión?

    Solicitar los réditos y aportes a pensión realizados sin acceder a la pensión vitalicia es una decisión personal que depende de tu situación laboral, financiera y familiar. Por eso, te damos algunos consejos para que puedas tomar la mejor decisión:

    • Evalúa tu capacidad y voluntad de seguir cotizando al sistema de pensiones hasta completar las semanas necesarias para pensionarte. Si crees que puedes lograrlo, quizás te convenga más esperar y recibir una pensión mensual vitalicia.
    • Compara el valor estimado de la pensión mensual vitalicia. Para ello, puedes usar las calculadoras disponibles en las páginas web de Colpensiones y los fondos privados. Así podrás ver cuál opción te resulta más favorable económicamente.
    • Ten en cuenta tus expectativas y necesidades financieras a futuro. Si optas por solicitarla, debes tener un plan para invertir o ahorrar ese dinero y asegurar tu bienestar en tu vejez. Si optas por la pensión mensual vitalicia, debes tener en cuenta el costo de vida y la inflación.
    • Consulta con un asesor especializado en seguridad social, que pueda orientarte y resolver todas tus dudas sobre las indemnizaciones sustitutivas de pensiones. También puedes consultar con tu entidad administradora del régimen al que perteneces.

    Conclusión

    Es una opción que tienen los afiliados al sistema de pensiones que no han cumplido con las semanas mínimas exigidas para pensionarse y declaran su imposibilidad o decisión de continuar cotizando. Consiste en la devolución de los aportes que han realizado durante su vida laboral, con un ajuste según el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales han cotizado.

    Para solicitarla se deben cumplir unos requisitos y presentar unos documentos ante la entidad administradora del régimen al que pertenece el afiliado, ya sea Colpensiones o un fondo privado. El trámite se puede hacer por internet o presencialmente, según el caso.

    Tiene sus ventajas y desventajas, que deben ser evaluadas cuidadosamente antes de tomar una decisión. Se recomienda consultar con un asesor especializado en seguridad social, que pueda orientar y resolver las dudas sobre este tema.

    Esperamos que este artículo te haya sido útil e informativo.

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